Teniendo en cuenta que estamos
tramitando un Plan de Ordenación Municipal (POM) no parece lógico que este tipo
de actuaciones se lleven a cabo en una edificación fuera de ordenación. No cabe
duda de que las obras realizadas sobre dicho inmueble, que tiene más de 75 años,
producen un considerable valor de expropiación que el día de mañana, de no
tomarse ahora medidas, le puede suponer al Ayuntamiento un sobrecosto para
reponer la alineación que marcan las NNSS en la Avenida de Valencia y que con
toda seguridad seguirá manteniéndo el POM.
¿Qué dicen las Normas actuales al
respecto? Dicen que …..salvo mención específica y a los efectos de la
aplicación del artículo 137 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del
Suelo y Ordenación Urbana, no califican ningún edificio existente como fuera de
ordenación, con excepción de aquellos que no conteniendo viviendas (como
almacenes y garajes) “impidan completar o ejecutar algunos de los sistemas
generales”
EL artículo 137 dice que
“salvo que en el propio planeamiento se dispusiera otro régimen, no podrán
realizarse en tales edificaciones fuera de ordenación obras de consolidación,
aumento de volumen, modernización o incremento de su valor de expropiación, pero
sí las pequeñas reparaciones que exigieren la higiene, ornato y conservación del
inmueble”. No cabe duda de que las obras realizadas producen, como he dicho
anteriormente, un considerable valor de expropiación.
Existen infracciones que no se
aprecian a simple vista. Pero la de la Avenida de Valencia nº 161, manda
cojones. No ha escapado a la vista de nadie. No me ha quedado muy claro un
escrito, con fecha de salida del 12 de septiembre, por el que se ordenaba el
archivo del expediente iniciado mediante R.A. 401/11 de orden de ejecución
respecto al inmueble que aparece en la foto. Todo parece indicar que la licencia
que se había solicitado era para obra menor y lo realizado es obra mayor. Por
ahí van los tiros.
Después de que me explicaran el
escrito en Secretaría, seguí sin entenderlo. Contesté que, a mi modo de ver, se
trata de una obra que no se debía haberse realizado teniendo en cuenta que
estamos tramitando un POM que nos cuesta 250.000 € y que, desde el 2007,
existe la figura de Coordinador del POM con un coste de aprox. 25.000 €/ año,
figura a todas luces innecesaria, ya que el Ayuntamiento dispone de otros
técnicos que perfectamente pueden informar de que el proceso urbanístico que se
desarrolle, tramite y apruebe es el correcto y adecuado a las necesidades
urbanísticas de Caudete.
La solución la tienen en sus manos
el concejal de Urbanismo y los servicios técnicos y jurídicos municipales. A
todos nos interesa que se actúe de forma adecuada en una actuación que, por
estar en medio de la Avenida de Valencia, a nadie ha dejado indiferente. Les
seguiré informando.
Joaquín Medina Íñiguez
Joaquín Medina Íñiguez
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