Hace unos días, Iniciativa Independiente me hizo llegar tres mociones para que las diera a conocer. Consideré que presentar mociones con tiempo, en vez de por procedimiento de urgencia, era muy positivo para poder debatirlas en Comisiones Informativas y, a la vez, generar corriente de opinón previa. Ahora Ismael Sánchez me hace llegar un escrito de queja al considerar la Secretaria del Ayuntamiento que más que mociones deberán tramitarse o tratarse como ruegos y/o preguntas en Pleno.
Es la primera vez que se toma este camino ya que, hasta ahora, se han considerado Mociones. Realizar un ruego o una pregunta en Pleno Ordinario es otra cosa distinta que nada tiene que ver con lo que se intenta en una Moción. Mientras que un ruego o una pregunta persigue el control o fiscalización del Equipo de Gobierno o conocer una actuación concreta de una concejalía, a través de la moción se intenta, tras su exposición y debate, la adhesión de los demás partidos ante una propuesta como, en este caso, dotarse de un "Reglamento de Honores y Menciones", que los "edificios públicos sean accesibles" o que el SESCAM se comprometa a dotar al Centro de Salud de "una Ambulancia con Soporte Vital Básico".
"Doctores tiene la Iglesia para decir cómo y que hay que rezar", fue la respuesta de un cura a la pregunta de un feligrés. Lo cierto es que a Ismael no le ha gustado nada que la Secretaria del Ayuntamiento considere que sus mociones tengan que ser tramitadas en el apartado de "ruegos y preguntas". Este es el comunicado de queja que nos ha hecho llegar:
"...El grupo político Iniciativa Independiente Caudete presentó en el registro de este M.I. Ayuntamiento el pasado día 10 de Noviembre, tres escritos conteniendo tres mociones para ser debatidas y aprobadas, en su caso, por el Pleno. Podía haberlas presentado por el procedimiento de urgencia pero pienso que informando con antelación al resto de mis compañeros concejales dispondrán del tiempo necesario para valorarlas y la discusión posterior en el Pleno las enriquecerá.
El pasado día 16 de Noviembre, la señora Secretaria me informó
por correo electrónico que
estas tres mociones no las consideraba como tales (copia textual) y que se
deberían incluir como ruegos (copia textual). Aparte de manifestar mi sorpresa
por el medio tan poco oficial y ortodoxo empleado por la Secretaria en la
comunicación la requerí, primero, a que me contestara por escrito con registro de
Salida y con la legislación en la que se basa para emitir su juicio y poder yo poder plantear un
recurso, llegado el caso. Me parece una frivolidad que una comunicación
restrictiva de derechos, mis derechos como concejal, se realice de una
manera tan informal y se menosprecie mi trabajo, tratando de bloquearme a
base de ponerme trabas.
Ya anuncio que no voy a entablar recurso alguno porque
sería perder el tiempo ya que es el Alcalde, auxiliado por la Secretaria, el que
determina el orden del día de las sesiones de Pleno. Pero lo que sí voy a hacer
es presentar estas tres mociones como Urgentes y pediré a mis
compañeros que voten tanto su urgencia para poder ser tratadas, como para ser aprobadas
luego.
La definición de Moción viene dada en el
artículo 97.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen jurídico
de las Corporaciones Locales como “la propuesta que se somete directamente a
conocimiento del Pleno al amparo de lo prevenido en el artículo 91.4 (moción de urgencia) de este Reglamento. Podrá
formularse por escrito u oralmente”, y su tramitación será la misma que cualquier punto
del orden del día. Como no podía ser de otra manera, el legislador solo
define la forma, por ejemplo, el artículo 86 de ROF impone que estén redactadas en
castellano, pero no el contenido.
No se exige que esté fundada, sea pertinente,
oportuna o cualesquiera otras circunstancias salvo, claro está, que se pida
algo ilegal o que no sea competencia municipal. El control previo de
Secretaría debe limitarse a la forma y las tres mociones la cumplen
totalmente.
Otra cosa diferente es que el Alcalde no quiera tratar esas mociones en
Pleno y desee algún tipo de excusa para no incluirlas en el orden del
día. No pasa nada si necesita esconderse detrás de la Secretaria.
Expondré su urgencia y votaremos, pero estaremos haciendo "trampas" porque estas Mociones, aún siendo importantes, no lo son tanto
como para que no puedan esperar unos días. Pero esta declaración de urgencia es el único medio para
levantar el boicot del Alcalde.
Estas tres mociones piden un pronunciamiento del Pleno
para iniciar los trámites para tener una Ambulancia de Soporte Vital
Básico, un Reglamento de Protocolo Municipal y lograr la
total Accesibilidad de los Edificios Municipales. Si es aprobado por el Pleno los
distintos concejales responsables deberemos cumplir este mandato"
Ismael Sánchez Tecles
Concejal-Portavoz de
Iniciativa Independiente de Caudete.
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